El Tribunal Constitucional ha concreto que esa situación de extraordinaria y urgente carencia puede deducirse «de una pluralidad de medios», entre ellos, los que quedan reflejados en la exposición de motivos de la norma» (STC 6/1983, de 4 de febrero). 2. La cotización adicional de solidaridad, según lo establecido en https://francisconaeyc.topbloghub.com/40689492/decreto-2025-de-1996-misterios